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lunes, 26 de mayo de 2008

Nueva Ley de Recurso Hídrico Niega derecho al Agua


Dr Freddy Pacheco Catedratico de La Universidad Nacional

"El DERECHO HUMANO al agua garantiza a todas las personas el agua en cantidad suficiente, en condiciones de seguridad y aceptabilidad, siendo físicamente accesible y asequible para usos personales y domésticos. Se necesita una cantidad adecuada de agua segura para evitar muertes por deshidratación, reducir el riesgo de enfermedades transmitidas por el agua y satisfacer necesidades de consumo, cocina, y hábitos higiénicos personales y domésticos", según interpretación legal oficial de un organismo de la ONU.

Se fundamenta, entre otros, en la aceptación general de los derechos fundamentales del hombre como el derecho a la vida y el derecho a la salud.

Porque 3900 niños menores de 5 años mueren diariamente a causa de enfermedades relacionadas con el agua, y porque la falta de acceso al agua impide disfrutar de una buena salud y de otros derechos humanos como el derecho a la educación, a un nivel de vida adecuado o a la alimentación, el tema del derecho humano al agua ha venido ocupando lugar preponderante en la Organización Mundial de la Salud y otros organismos planetarios de similar importancia.

Se trata, en fin, de un asunto vital, insoslayable para los gobiernos, de primordial interés, que ha de ser atendido sin subterfugios por las autoridades de todos y cada uno de los Estados que conforman la comunidad mundial.

En muy pocos países se podría asegurar que el abastecimiento futuro del agua para sus habitantes esté libre de amenazas y Costa Rica no sería precisamente un lugar donde se podría afirmar que las futuras generaciones, e incluso las presentes, tienen asegurado ese derecho fundamental.

Para los expertos en el tema, un PRIMER PASO que han de dar los Estados es el de reconocer el derecho humano al agua. Reconocimiento que abrirá el camino para facilitar el acceso general al agua y al saneamiento, a través de definiciones claras de los derechos, obligaciones y responsabilidades de cada parte, como medio para establecer los mecanismos adecuados para atender las necesidades de los más pobres, de los más sufridos, de los más desfavorecidos.

Por ello, resulta insólito que el gobierno de Costa Rica se haya confesado enemigo de declarar que "El acceso al agua en condiciones de calidad y cantidad adecuadas es un derecho humano, indispensable para satisfacer necesidades básicas del ser humano", como decía un principio general del Proyecto de Ley del Recurso Hídrico (Expediente 14585) que ahora ha sido supuestamente "mejorado" (¡que cinismo!) por autoridades del Ministerio del Ambiente y Energía (Minae). El texto conque se sustituye esa declaración explícita e inequívoca, jamás podría ni compararse, pues se limita a declarar que "es un recurso de usos múltiples, con prioridad para el consumo humano".

En términos más sencillos: Para la administración Arias Sánchez el acceso al agua potable NO ES UN DERECHO HUMANO. Es, un "recurso" más, similar a otros indeterminados que, seguramente se podría comercializar cual vil mercancía, tal y como lo mandan las normas del libre comercio.

Pensamos que el gobierno se vio obligado a tal confesión en virtud de que si aceptara su carácter de derecho humano, la ley "mejorada" entraría EN CONFLICTO con las normas intrínsecas al TLC recién aprobado, vislumbrándose demandas ya anunciadas por los que comercian con ese líquido vital. Por eso el proyecto de ley se guardó esperando el momento propicio para su publicación; o sea, para después de concluido el debate sobre el TLC, en que se afirmaba que los costarricenses podríamos legislar a favor de la declaración del agua como un derecho humano, independientemente de lo que se dijera en el tratado.

Por esto y otras cosas muy graves (que analizaremos luego) podemos afirmar que el nuevo texto del proyecto de ley, lo convierte en un ente DEPREDADOR de los recursos naturales.

AUDIO AQUI